Novedades Impositivas Junio 2023
INGRESOS BRUTOS. SAN JUAN. RES. DGR 616/2023 B.O. 29/05/2023
Se suspende la operatividad de la calificación de riesgo fiscal -art. 6 de la R. (DGR San Juan) 1219/2014- por el mes de junio 2023.
INGRESOS BRUTOS. TUCUMAN. Decreto 1715-3 /2023 31/05/2023
Se prorroga hasta el día 31 de mayo de 2024 inclusive la vigencia de la alícuota del 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de transporte automotor de cargas correspondiente a los siguientes códigos de actividades:- 602111 Servicios de mudanza;- 602121Serviciosdetransportedemercaderíasagranel, 602131 Servicios de transporte de animales;- 602181 Servicio de transporte urbano de carga n.c.p.; 602190 Transporte automotor de cargas n.c.p.
INGRESOS BRUTOS. SAN JUAN. RES. DGR 623/2023 B.O. 02/06/2023
Se prorroga hasta el 2 de enero de 2024, la fecha a partir de la cual se considerará gravada en el impuesto sobre los ingresos brutos la comercialización realizada por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior, cuando se verifique que la prestación de servicios se utilice económicamente en el territorio provincial.
INGRESOS BRUTOS. SALTA. Decreto 344/23 B.O. 05/06/2023
Se exime el pago del Impuesto a las Actividades Económicas a la Mera Compra, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2023 en la provincia de Salta.
INGRESOS BRUTOS. CORDOBA. Decreto (Cba.) 795/2023 B.O. 12/06/2023
Se sustituye el régimen general de percepción, control e información del impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes de la provincia de Córdoba para las operaciones de venta de bienes, prestaciones de servicios, locaciones de bienes y realizaciones de obras, independientemente del lugar de entrega de las cosas o de la realización de las obras o prestación de servicios.
PROCEDIMIENTO. AFIP R.G. 5370 B.O. 14/06/2023
La AFIP actualiza el importe mínimo por las percepciones de IVA por operaciones que se cancelen con granos y legumbres. Corresponderá efectuar la percepción únicamente cuando el monto de la misma supere los $3.800 -RG(AFIP)2459-. Este monto será actualizado anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del IPC, con vigencia a partir del 1 de mayo de cada año.
INGRESOS BRUTOS. Catamarca. Disposición Gral. ARCA 29/2003 B.O. 20/06/2023
La Agencia de Recaudación de Catamarca incorpora contribuyentes que serán pasibles de retención del régimen de recaudación unificado del impuesto sobre los ingresos brutos “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago - SIRCUPA”-
Al respecto , se establece que serán pasibles del SIRCUPA además , los sujetos que ,aunque no se encuentren inscriptos formalmente en el gravamen, realicen o hayan realizado actividades sujetas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo al padrón que a tal fin estará disponible para su descarga por parte de los agentes de recaudación obligados