Enero 31, 2023

Novedades Impositivas Noviembre 2022

INGRESOS BRUTOS.   RIO NEGRO.  Res. ART  752/2022   B.O. 11/10/2022. 

Se fija como tasa de interés para deudas fiscales, la equivalente a ciento treinta y tres milésimos por ciento (0,133 %) diario a partir del 01/11/2022.

 

INGRESOS BRUTOS.  RIO  NEGRO .  Res. ART  787/2022   B.O. 27/10/2022. 

La Provincia de Río Negro se adhiere al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago "SIRCUPA". Asimismo se reglamenta en el orden local el sistema para aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en las normas del Convenio Multilateral y/o contribuyentes locales. Aplicación con relación a los importes que se acrediten en cuentas de pago a partir del 1 de noviembre de 2022.

 

INGRESOS BRUTOS.  RIO  NEGRO .  Res. ART  788/2022   B.O. 27/10/2022. 

Se actualizan los valores y las alícuotas aplicables sobre las acreditaciones bancarias -SIRCREB-, los cuales serán aplicables a partir del 01/11/2022.

 

FACTURACION. FACTURA DE CRÉDITO.  B.C.R.A. 

El BCRA informa que desde el 1 de noviembre de 2022, las facturas de crédito electrónicas MIPYMES impagas se pueden consultar en la “Central de Facturas Electrónicas MiPyME Impagas al Vencimiento” (CenFIV). El mismo permite conocer, a través del CUIT de las grandes empresas receptoras de este tipo de comprobantes, el promedio de días de atraso (al mes previo a la fecha de consulta) y el total de facturas ingresadas a la compensación, porcentaje de facturas impagas a su vencimiento, de facturas canceladas y monto promedio de facturas impagas (de los últimos 24 meses).

 

AFIP PROCEDIMIENTO. SICORE NUEVO RELEASE DEL APLICATIVO.

 

La AFIP puso a disposición el release 7 del aplicativo SICORE Versión 9.0.
En el mismo se incorporan regímenes de acuerdo a la RG (AFIP) 5272.



 

FRIGORIFICOS. Resolución   M.E. 780/2022   B.O. 07/11/2022. 

Se prorroga al 15 de enero de 2023 el término de implementación del Plan de Inversión y Adecuación de las instalaciones frigoríficas establecido en el inciso b del artículo 1° de la resolución conjunta 10 del 22 de diciembre de 2021 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo y del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
 

 

INGRESOS BRUTOS.  JUJUY.   Resol. General D.G.R.   1628/2022   B.O. 04/11/2022. 

Se establecen modificaciones al régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos por traslado de mercadería-RG(DPR)1476/2017-. Al respecto, se establece que el pago a cuenta deberá ser abonado en forma obligatoria antes del momento del ingreso de la carga a la provincia de Jujuy y/o traspaso por el puesto de control interviniente, ingresando a la página web de Rentas con clave fiscal. En tanto las alícuotas a aplicar quedarán unificadas en: -Contribuyentes locales: 1,5% -Contribuyentes de Convenio Multilateral: 1% -Sujetos no inscriptos: 3%

 

INGRESOS BRUTOS.  JUJUY.   Resol. General D.G.R.   1629/2022   B.O. 04/11/2022. 

Se establece el procedimiento para formalizar el cese o la baja de oficio del impuesto sobre los ingresos brutos de contribuyentes tanto del régimen local como de Convenio Multilateral, cuando se verifiquen dentro del plazo de 24 períodos mensuales inmediatos anteriores, vencidos y en forma concurrente determinadas circunstancias de incumplimiento– art. 245 del Código Fiscal- Asimismo, se dispone que , contra la resolución de la baja de oficio, los contribuyentes o responsables podrán interponer recurso de reconsideración ante la Dirección Provincial de Rentas. En tanto, Rentas publicará en su página web las bajas efectuadas de oficio.

 

INGRESOS BRUTOS.  JUJUY.   Resol. General D.G.R.   1633/2022   B.O. 18/11/2022. 

La Dirección Provincial de Rentas prorroga hasta el 1 de febrero de 2023, la entrada en vigencia del régimen de recaudación unificado “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago - SIRCUPA” -RG (CA) 9/2022-

 

AFIP CARTA DE PORTE ELECTRONICA.  DERIVADOS GRANARIOS. RESOLUCIÓN (SAGYP) 160/22   B.O. 24/11/2022

Se estableció el uso obligatorio del comprobante electrónico Carta de Porte Electrónica - Derivados Granarios, único documento válido para respaldar el traslado y/o entrega de cualquier tipo de producto, para los distintos operadores de RUCA.

 

INGRESOS BRUTOS. CORRIENTES.   Resolución M.E.  869/2022   B.O. 24/11/2022

Se prorroga hasta el 31/12/2022 el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Corrientes, para las explotaciones agropecuarias afectadas por sequías y/o incendio, en todo el territorio provincial.

 

SOJA. INCREMENTO EXPORTADOR.  Decreto 787/2022   B.O. 28/11/2022

Se restablece el Programa de Incremento Exportador como una medida de contravalor excepcional y transitorio para la liquidación de divisas a un tipo de cambio de $ 230 pesos por dólar estadounidense. Los sujetos que adhieran al programa deberán efectuar la registración de la “Declaración Jurada de Venta al Exterior” y liquidar las divisas en un plazo no superior al 30 de diciembre próximo, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o post financiación  de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación.

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INGRESOS BRUTOS.  C.A.B.A.   Resol. (AGIP) 252 /2022   B.O. 29/11/2022. 

La A.G.I.P. reemplaza e introduce modificaciones a los regímenes generales y particulares de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, a partir del 1/1/2023.
Principales modificaciones, destacamos las siguientes:- La Administración designara a los sujetos obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción en función de la magnitud de sus operaciones y/o facturación, siempre que los sujetos se encuentren dentro de los siguientes parámetros: Contribuyentes locales: cuando hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos gravados, no gravados y exentos superiores a $ 500.000.000, siempre que el tributo declarado o determinado para dicho período hubiere superado los $24.000.000. Contribuyentes de Convenio Multilateral con sede o alta registrada en la jurisdicción: cuando hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos gravados, no gravados y exentos superiores a $ 500.000.000, siempre que, alternativamente, declaren un coeficiente unificado superior a 0,20, o en los supuestos del artículo 14 del Convenio Multilateral o sus regímenes especiales hubieren declarado o determinado obligaciones en el impuesto por un monto superior a $ 24.000.000 en el año calendario anterior. Se fija en $ 10.000 el monto mínimo sujeto a retención y en $ 3.000 el monto mínimo sujeto a percepción.

 

INGRESOS BRUTOS.  C.A.B.A.   Resol. (DGR) 3432 /2022   B.O. 30/11/2022. 

Se incorpora al Sistema de “Nueva Cuenta Corriente Tributaria” -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 311/2020-, a los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los ingresos brutos, comprendidos en las categorías locales y Convenio Multilateral, con excepción de aquellos alcanzados por la modalidad Declaración Simplificada .Los citados contribuyentes podrán utilizar el sistema a partir del anticipo 8/2022 del impuesto sobre los ingresos brutos.
La presente incorporación de sujetos tendrá vigencia a partir de 1 de diciembre

 




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