Novedades impositivas Julio 2021
INGRESOS BRUTOS. Percepciones. Tucumán. D.G.R. R. Gral. 66/2021 B.O. 01/07/2021 Se adecua el texto de la normativa; en particular, respecto a la determinación del importe a percibir, se establece que se detraerá únicamente el impuesto al valor agregado cuando el sujeto pasible revista la calidad de responsable inscripto ante el referido tributo y el mismo se encuentre discriminado.
INGRESOS BRUTOS. Chaco. R.G. ATP 2088/2021 B.O. 30/06/2021 Se establece que los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos que ejercen solo actividad exenta no están obligados a presentar declaración jurada mensual del gravamen.
I.V.A. FACTURACION. AFIP R.G. 5022 B.O. 01/07/2021. La AFIP extiende, hasta el 31/12/2021, el plazo para que los responsables inscriptos en el IVA adecuen sus sistemas de facturación de forma que puedan emitir comprobantes “A” a los monotributistas. Los responsables inscriptos que aún no tengan adecuados sus sistemas de facturación deberán, desde el 1/7/2021 y hasta el 31/12/2021, emitir facturas tipo “A” con la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo “.
FACTURAS DE CRÉDITO ELECTRÓNICAS MIPYMES. FACTURAS IMPAGAS. El BCRA, mediante la Comunicación A 7321 publica las normas de procedimiento del régimen informativo de facturas de crédito electrónicas MIPYMES, estableciendo que las entidades deberán remitir diariamente las novedades relativas a los datos de las FCE MIPYMES compensadas e impagas remitidas por la entidad financiera donde esté radicada la cuenta de cobro y los datos correspondientes a la impugnación de las facturas informadas como impagas por la empresa deudora a través de la entidad financiera por medio de la cual opera habitualmente. En ese mismo aspecto, a través de la Comunicación A 7322 publica el texto ordenado respecto de la presentación de informaciones al Banco Central y señala que será de aplicación para las facturas de crédito electrónicas MIPYME cuyo vencimiento opere a partir del 1 de noviembre de 2021. IVA. CONTROLADORES FISCALES DE NUEVA TECNOLOGIA. R.G. AFIP 5027 B.O. 08/07/2021 Los contribuyentes y/o responsables que deban implementar el recambio en once o más controladores fiscales y que no puedan cumplir con el cronograma de implementación, podrán solicitar, antes de la fecha de vencimiento para la implementación, una extensión de la misma, la que será evaluada por la AFIP
INGRESOS BRUTOS. Córdoba. Res. 196 (Min. Finanzas) B.O. 12/07/2021 Se sustituye la normativa y se adecuan las alícuotas que deberán aplicarse para la recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos en el marco del “Régimen Especial de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - SIRCREB”
INGRESOS BRUTOS. Neuquén. Res. 116 (D.P.R.) B.O. 16 /07/2021. Se incrementan a partir del 1 de julio de 2021 los importes mínimos no sujetos a retención del impuesto sobre los ingresos brutos -R. (DPR Neuquén) 276/2017-.
INGRESOS BRUTOS. Tucumán. Res. Gral. 70 (D.G.R.) B.O.21/07/2021. Se aprueba el programa aplicativo “Declaración Jurada SiAPre - versión 6.0 release 15”, que será de uso obligatorio para las presentaciones que se efectúen a partir del 1/8/2021 inclusive.
INGRESOS BRUTOS. Salta. Res. Gral. 12 (D.G.R.) B.O. 21 /07/2021. Se establecen los requisitos y demás condiciones que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del impuesto a las actividades económicas deberán cumplimentar para optar por la exclusión del mencionado régimen.
INGRESOS BRUTOS. Jujuy. Res. Gral. 1600 (D.P.R.) B.O.26/07/2021. Se modifica el nomenclador de actividades con su correspondiente tabla de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos.
INGRESOS BRUTOS. Ciudad de Bs.As. D.G.R. Res. 1128 B.O. 28/07/2021 Se fija, desde el 20/9/2021 hasta el 24/9/2021, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2020, por parte de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
INGRESOS BRUTOS. La Pampa. Ley 3365 B.O. 30/07/2021 Se establece que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de Convenio Multilateral están obligados a inscribirse en la Dirección hasta el día de iniciación de sus actividades.